Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 41309
Clave: VII-P-2aS-690
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2014 00:00
TERCERO INTERESADO
SEÑALADO POR EL DEMANDANTE NO PUEDA PRACTICARSE.- El artículo 14, fracción VII de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone que, corresponde al demandante indicar el nombre y domicilio del tercero interesado a efecto de que sea emplazado a juicio a defender sus intereses. A su vez, el penúltimo párrafo del propio artículo, vigente a partir del 11 de diciembre de 2010, dispone que, si en el lugar señalado como domicilio del tercero interesado se negare que así lo sea, el demandante deberá proporcionar al Tribunal la información suficiente para proceder a su primera búsqueda, siguiendo para tal efecto, las reglas previstas en el Código Federal de Procedimientos Civiles. En esos términos, ante la imposibilidad de notificar al tercero interesado en el domicilio señalado por el demandante, de conformidad con el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, deberá procederse a la notificación por edictos, pues solo de esa forma se cumple su derecho de ser debidamente emplazado a juicio, de tal forma que se le permita la debida defensa de sus intereses. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 3647/13-11-02-6/1250/14-S2-07-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 41. Diciembre 2014. p. 1374