Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 41398
Clave: VII-CASA-V-54
Época: Séptima Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2015 00:00
DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, OTORGA COMPETENCIA MATERIAL A LOS SUBDELEGADOS DEL CITADO INSTITUTO PARA VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Y SUS REGLAMENTOS.- De conformidad con el artículo 16 constitucional, todo acto de autoridad debe estar debidamente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero, que ha de expresarse con exactitud el precepto legal aplicable al caso concreto, y por lo segundo, señalarse con precisión las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que hayan tenido en consideración para la emisión del acto. En ese sentido, si el Instituto Mexicano del Seguro Social a través de sus Subdelegados, lleva a cabo la revisión del cumplimiento de las obligaciones que derivan de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, este se encuentra obligado a citar la fracción XII del artículo 150 del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, en la solicitud de información y documentación que al efecto haya emitido, pues dicho precepto legal otorga competencia material a las Subdelegaciones para requerir la exhibición de libros y documentos en virtud de una revisión de gabinete.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 218/14-QSA-7.- Expediente de Origen Núm.
1615/13-10-01-9.- Resuelto por la Quinta Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 42. Enero 2015. p. 397