Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/01/2015
Tesis
Registro digital: 41402
Clave: VII-CASA-V-58
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2015 00:00
COSA JUZGADA. NO OPERA TRATÁNDOSE DEL ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE CRÉDITOS FISCALES
CRÉDITOS FISCALES.- El artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dota a las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de la facultad de introducir hechos notorios, como lo es la cosa juzgada que se desprende de sentencias firmes dictadas por el propio órgano colegiado; sin embargo, la existencia de una o diversas sentencias firmes dictadas en otros juicios, en las que se determinó que no operó la prescripción de los mismos créditos, no impide que se examine nuevamente esa figura jurídica, en un juicio posterior, en virtud de que tal figura se configura por el transcurso del tiempo, en los términos del artículo 146 del Código Fiscal de la Federación; de ahí que es posible analizar –cuando se propone por el actor- si se actualiza o no la aludida prescripción en una nueva controversia y a la luz de actuaciones que no existían cuando se resolvieron juicios previos. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 346/14-QSA-9.- Expediente de Origen Núm. 1716/13-10-01-3.- Resuelto por la Quinta Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 42. Enero 2015. p. 401