Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 41417
Clave: VII-P-SS-239
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2015 00:00
DESISTIMIENTO. CASO EN QUE ES LEGAL EL PRESENTADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL ACCIONANTE, AUN CUANDO EXPRESE QUE ES "POR PROPIO DERECHO"
REPRESENTANTE LEGAL DEL ACCIONANTE, AUN CUANDO EXPRESE QUE ES "POR PROPIO DERECHO".- Cuando en el escrito de desistimiento señale el representante legal de la actora que se desiste de la acción intentada, por "propio derecho", es legal, si del contexto íntegro de la referida promoción, se advierte con claridad que el representante legal actúa en nombre y representación de la parte actora, atendiendo a la voluntad expresa de esta, y tiene acreditada y reconocida su personalidad en el juicio en que promueve; por lo que es inconcuso que el desistimiento debe atribuirse a la parte actora y, por tanto, es legal y se actualiza la causal de sobreseimiento establecida en la fracción I del artículo 9, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 17342/12-17-08-9/456/13-PL-01-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 43. Febrero 2015. p. 103