Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 41438
Clave: VII-CASR-NOIII-4
Época: Séptima Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2015 00:00
DERECHOS. CORRESPONDE A LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES ATENDER LAS SOLICITUDES RELATIVAS A LOS MONTOS DE AQUELLOS QUE LE CORRESPONDA CUBRIR AL CONCESIONARIO
NATURALES ATENDER LAS SOLICITUDES RELATIVAS A LOS MONTOS DE AQUELLOS QUE LE CORRESPONDA CUBRIR AL CONCESIONARIO.- De conformidad con el artículo 30, fracción XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros dependiente de dicha Secretaría tiene, entre otras atribuciones, proponer a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público los criterios para fijar el monto de los derechos federales que de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables deban cubrirse por el uso, aprovechamiento o explotación de los bienes nacionales siguientes: "zona federal marítimo terrestre, playas marítimas y terrenos ganados al mar o a cualquier otro depósito natural de aguas marítimas", así como revisarlos y proponer sus modificaciones y los mecanismos para su eficiente recaudación. De ahí que dicha Dirección tenga facultades para fijar las bases conforme a las cuales el Ayuntamiento correspondiente debe cobrar los derechos que se determinaron en las concesiones y, en consecuencia, para atender las solicitudes planteadas por los concesionarios que tengan como finalidad regularizar su situación de pago de derechos. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 4605/12-03-01-2.- Resuelto por la Sala Regional del Noroeste III del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 43. Febrero 2015. p. 166