Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 41950
Clave: VII-CASA-III-71
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2015 00:00
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EN UNA DISTINTA O NUEVA ORDEN, NO IMPIDE CONSIDERAR LA EFECTUACIÓN QUE SE HACE DE LA FACULTAD DE COMPROBACIÓN.- La sola falta de mención del artículo 48 del Código Fiscal Federal en el oficio que contenga una nueva o distinta orden de revisión de escritorio; numeral que norma el procedimiento a seguir en tratándose de revisiones de gabinete; no puede llevar a la conclusión de que no se ejerció tal facultad de revisión de escritorio, si la autoridad sustenta su actuar en el artículo 42, fracción II, del Código Fiscal Federal y si, acorde con el arábigo 16 constitucional, la protección de los derechos fundamentales de los gobernados, va más allá que la del solo domicilio, pues el artículo 16 de nuestra Carta Magna se hace exponencial a la persona, familia, papeles, derechos, posesiones, propiedades, de todo gobernado; por lo que no es deseable en modo alguno, que al no poder ser exhaustivo dicho Código tributario en este aspecto, la autoridad se encuentre entonces en la posibilidad de actuar nuevamente, amparada bajo el argumento de la falta de cita del numeral 48 enunciado, para acreditar que no se estaba ejerciendo de nueva cuenta tal facultad de comprobación; pues esto sería tanto como facultar a cualquier autoridad fiscal para que diera inicio a una revisión de escritorio, sin culminarla en modo alguno y que otra diversa volviera a iniciarlo, la que podría igual no terminarlo y así sucesivamente "ad infinitum", dejando al gobernado a merced de la autoridad, pero desproveyéndole de garantías relacionadas con su seguridad, certeza jurídica y debido proceso legal que afecta sin duda su esfera jurídica.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1633/13-TSA-1.- Expediente de Origen Núm.
3651/12-03-01-2.- Resuelto por la Tercera Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 49. Agosto 2015. p. 471