Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 41953
Clave: VII-CASA-III-74
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2015 00:00
ESTÁN OBLIGADOS A EXHIBIR PAPELES DE TRABAJO EXISTENTES COMO DOCUMENTOS DE SU CONTABILIDAD.- Conforme al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, la contabilidad que deben llevar los contribuyentes se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación, discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros, además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales. Por tanto, sí es válido para las autoridades fiscales exigir a los contribuyentes los papeles de trabajo, entendidos estos, como los documentos en donde consten la elaboración de las operaciones aritméticas necesarias o el desarrollo del sistema previsto por la ley para el cálculo de una contribución que no se refleja en la declaración, mismos documentos que de existir, los contribuyentes estarían obligados a proporcionar.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 38/15-TSA-4.- Expediente de Origen Núm.
2124/14-03-01-7.- Resuelto por la Tercera Sala Auxiliar del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 49. Agosto 2015. p. 478