Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 42118
Clave: VII-P-1aS-1233
Época: Séptima Época
Materia(s): REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2015 00:00
DICTAMEN ELABORADO POR CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO EN MATERIA DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, PROCEDIMIENTO PARA SU REVISIÓN
CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL, PROCEDIMIENTO PARA SU REVISIÓN.- Los artículos 170, 171 y 172 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, establecen las formalidades a las que se encuentra constreñido el Instituto Mexicano del Seguro Social durante la substanciación del procedimiento de revisión de los dictámenes formulados por contadores públicos, debiendo, en principio, requerir al contador público autorizado que elaboró el dictamen, la información o documentación relacionada con el dictamen objeto de la verificación, corriéndole copia del referido requerimiento al patrón; posteriormente, requerirá al patrón la información y documentación respecto a las partidas sujetas a aclaración, cuando no hubiera sido proporcionada por el contador público autorizado, entregándole copia del referido requerimiento al dictaminador; consecuentemente, tras el análisis efectuado a la información y documentación requerida, el Instituto determinará si el dictamen cumple o no con los requisitos previstos en el propio Reglamento, lo cual hará del conocimiento tanto del patrón dictaminado, como del contador público encargado de la elaboración del referido dictamen, contando ambos con el plazo de quince días hábiles para manifestar lo que a su derecho convenga, y fenecido dicho plazo, el Instituto emitirá la resolución correspondiente en la que determine si ejerce o no las facultades de comprobación directamente con el patrón; de manera que, el Instituto Mexicano del Seguro Social está obligado a observar tales disposiciones, por tratarse de las reglas especiales, aplicables a la revisión del dictamen relativo al cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 14/2272-20-01-01-01-OT/517/15-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 52. Noviembre 2015. p. 354