Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42219
Clave: VII-CASR-NCI-13
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2015 00:00
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL DE FECHA 31 DE MAYO DE 2007. SU EXPEDICIÓN Y APLICACIÓN POR PARTE DEL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, NO CONSTITUYE UNA ACTIVIDAD IRREGULAR DEL ESTADO.- Los Secretarios de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, con fundamento en el artículo 66 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria expidieron el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal de fecha 31 de mayo de 2007. Por lo que no se acredita la existencia de una actividad irregular por parte del Titular de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con motivo de la expedición y aplicación del Manual previamente identificado, ya que para que el Estado incurra en responsabilidad patrimonial, es indispensable que haya llevado a cabo una actividad administrativa irregular, o anormal, lo que no ocurre con motivo de la expedición y aplicación del identificado Manual, pues el mismo, es producto del funcionamiento regular y lícito de la actividad pública.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 955/14-04-01-7.- Resuelto por la Sala Regional del Norte- Centro I del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 53. Diciembre 2015. p. 465