Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 42235
Clave: VII-CASR-PA-18
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2015 00:00
RECARGOS. LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN NO PUEDE INTERPRETARSE BAJO EL PRINCIPIO DE APLICACIÓN ESTRICTA DE LA LEY PREVISTO EN EL ARTÍCULO 5° DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
BAJO EL PRINCIPIO DE APLICACIÓN ESTRICTA DE LA LEY PREVISTO EN EL ARTÍCULO 5° DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.- En la citada ley, propiamente, no se establecen cargas a los particulares, pues únicamente señala los ingresos que, derivados de contribuciones y sus accesorios, deberá recaudar el Estado, entre ellos, los recargos, pero no especifica al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, para que pueda considerarse una disposición fiscal que impone cargas a los particulares que le resulte aplicable ese principio. Cumplimiento de Ejecutoria resuelto en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1415/12-14-01-7.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 53. Diciembre 2015. p. 487