Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42240
Clave: VII-CASR-PA-23
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY DE COORDINACIÓN FISCAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2015 00:00
El artículo 13 de la Ley de Coordinación Fiscal establece que las facultades relativas al Registro Federal de Contribuyentes, recaudación, fiscalización y administración de ingresos federales, serán ejercidas por las autoridades fiscales de las Entidades; lo que necesariamente implica que tienen competencia para determinarlos, cuando ello sea procedente; lo contrario haría nugatoria dichas facultades y al propio sistema que regula la referida ley, en tanto que la autoridad se vería impedida para vigilar el cumplimiento de las disposiciones fiscales por parte de los contribuyentes.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 516/14-14-01-3.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 53. Diciembre 2015. p. 491