Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42283
Clave: VII-P-1aS-1298
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2012 00:00
PRESENTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. TIENE EFICACIA PLENA PARA ACREDITAR LA LOCALIZACIÓN DEL DOMICILIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, CUANDO LO CONTENGA.- El artículo 17-E del Código Fiscal de la Federación define al sello digital como el mensaje electrónico que acredita que un documento digital fue recibido por la autoridad fiscal, el cual funge como acuse de recibo, que puede ser verificado por la autoridad para constatar su autenticidad; de manera que, al constituir la impresión de la cédula de identificación fiscal un acto directo entre el contribuyente y el ente fiscalizador, cuya autenticidad puede ser verificada a través de este elemento electrónico, es inconcuso que debe atenderse para su valoración a la regulación específica prevista por los artículos 46 penúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y 210-A del Código Federal de Procedimientos Civiles, y otorgarle valor probatorio pleno a la constancia relativa, toda vez que constituye un elemento de convicción que demuestra de manera fehaciente la localización del domicilio fiscal del contribuyente.
PRECEDENTES:
VII-P-1aS-289
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 30498/08-17-08-3/314/12-S1-02-01.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 12. Julio 2012. p. 120