Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 42389
Clave: VII-P-2aS-884
Época: Séptima Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2016 00:00
ENAJENACIÓN A EXTRANJEROS DE TIERRAS Y AGUAS UBICADAS EN LA FAJA DE CINCUENTA KILÓMETROS EN PLAYAS. EFECTOS FISCALES DE LA PROHIBICIÓN CONTENIDA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL
CINCUENTA KILÓMETROS EN PLAYAS. EFECTOS FISCALES DE LA PROHIBICIÓN CONTENIDA EN LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL.- De conformidad con lo previsto en el artículo 14, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, se considera enajenación toda transmisión de propiedad, aun en la que el enajenante se reserva el dominio del bien enajenado. En este sentido, del citado precepto se infiere que para considerar a una operación específica como enajenación y a consecuencia de ello, dotarla de todos los efectos fiscales en lo que refiere a causación y determinación de contribuciones, resulta requisito indispensable que exista la citada trasmisión de propiedad del enajenante al adquirente. Ahora bien, el artículo 27, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contiene una prohibición de carácter absoluto para que los extranjeros puedan adquirir el dominio directo de tierras y aguas en una faja de cincuenta kilómetros en playas. Así entonces, habida cuenta de la citada prohibición constitucional, resulta jurídicamente imposible que exista una trasmisión de propiedad susceptible de ser dotada de efecto fiscal alguno, tratándose de los sujetos y bienes a que hace referencia el citado precepto constitucional, sin que bajo ninguna modalidad de celebración del acto jurídico en específico pueda considerarse lo contrario; ya que el espíritu que anima la prohibición constitucional excluye cualquier forma de adquisición de tierras en la zona prohibida por parte de extranjeros, y considerar lo contrario burlaría los altos propósitos de la norma constitucional. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 154/13-03-01-5/688/14-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año VI. No. 56. Marzo 2016. p. 385