Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42502
Clave: VII-CASR-PA-41
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2016 00:00
PROCEDE RESPECTO DE IMPUESTOS FEDERALES, INCLUSIVE CUANDO SEAN VARIOS Y SE DETERMINEN EN UNA RESOLUCIÓN.- De conformidad con lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 58-2 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cuantía de las resoluciones definitivas a que hacen referencia sus cinco fracciones, no debe acumularse para determinar la procedencia de esta vía; así, cuando las autoridades administrativas determinen adeudos fiscales federales, en un solo acto de molestia y estos puedan o no ser originados por el mismo hecho– uno de causación anual y otro mensual–, sus importes no deberán sumarse para determinar la cuantía del asunto ya que su naturaleza jurídica, forma de causación y pago permite que sean considerados de manera individual.
Recurso de Reclamación resuelto en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 815/15-14-01-9.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año VI. No. 57. Abril 2016. p. 322