Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42635
Clave: VII-P-1aS-1373
Época: Séptima Época
Materia(s): LEY DE AMPARO
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2014 00:00
OBLIGADO A PRONUNCIARSE RESPECTO DE LA INAPLICABILIDAD DE LAS TESIS Y JURISPRUDENCIAS INVOCADAS POR LAS PARTES.- El artículo 217 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de Abril de 2013, dispone que la jurisprudencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en Pleno o en Salas, por los Plenos de Circuito y los Tribunales Colegiados de Circuito, es de observancia obligatoria para los Tribunales Administrativos Federales, entre los que se encuentra el
R.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 40. Noviembre 2014. p. 210