Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 42729
Clave: VII-P-2aS-1014
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2016 00:00
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO TRAMITADO EN LA VÍA ORDINARIA, CUANDO EL PERITO TERCERO EN DISCORDIA FUE DESIGNADO POR EL MAGISTRADO INSTRUCTOR Y NO POR LOS MAGISTRADOS INTEGRANTES DE LA SALA REGIONAL.- De una interpretación jurídica y armónica de los artículos 14 constitucional y 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se desprende que las partes, tienen derecho a que los juicios seguidos ante el
R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 1. Agosto 2016. p. 237