Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 24270 de 329472
Tesis
Registro digital: 43149
Clave: VIII-TASS-7
Época: Octava Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2017 00:00
REQUERIMIENTO DE LA CONTABILIDAD EN FORMA DE INTEGRACIONES ESPECIALES, LA ILEGALIDAD DEL MISMO QUEDA SUBSANADA SI EL CONTRIBUYENTE LA PRESENTA EN ESOS TÉRMINOS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL
ESPECIALES, LA ILEGALIDAD DEL MISMO QUEDA SUBSANADA SI EL CONTRIBUYENTE LA PRESENTA EN ESOS TÉRMINOS ANTE LA AUTORIDAD FISCAL.- Si bien es cierto, que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28 del Código Fiscal de la Federación, y 26 a 29 de su Reglamento, la autoridad fiscal al ejercer sus facultades de comprobación, debe limitarse a solicitar los documentos, datos e informes que conforman la contabilidad del contribuyente, respetando la manera en que este la lleva, y no debe solicitar que la contabilidad le sea proporcionada a manera de integraciones especiales, pues de lo contrario, el formular el requerimiento de la contabilidad en esos términos resultaría ilegal; también lo es, que si el contribuyente cumplimenta dicho requerimiento presentando la contabilidad ante la autoridad fiscal a manera de integraciones en la forma concreta y específica que la autoridad le indicó, entonces la ilegalidad de ese requerimiento queda superada al haber sido atendida tal circunstancia; máxime, si la información aportada por el contribuyente en cumplimiento al requerimiento en comento, es analizada y valorada por la autoridad fiscalizadora. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 28467/14-17-04-4/1287/15-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 6. Enero 2017. p. 843