Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 43825
Clave: VII-CASR-1NE-18
Época: Octava Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2018 00:00
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN
CONTRIBUYENTE, SI CUMPLE CON EL REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN.- Tratándose de devolución de un pago de lo indebido o de un saldo a favor, la autoridad solo puede tener por desistido al contribuyente de conformidad con el artículo 22, sexto párrafo, del Código Fiscal de la Federación, cuando este omite aclarar su solicitud de devolución, o bien, atender un requerimiento de información y documentación; entonces, si se cumple con el requerimiento y pese a ello, la autoridad tiene por desistido al contribuyente de su trámite, bajo un argumento que no actualiza esa figura, es evidente, que la resolución impugnada carece de la legalidad debida, y lo que procede es declarar su nulidad por haberse emitido en contravención a lo dispuesto por el precepto en cita. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2645/16-06-01-6.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noreste del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 19. Febrero 2018. p. 263