Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 43847
Clave: VII-CASR-PA-68
Época: Octava Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2018 00:00
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA FINANCIERA. SU IMPROCEDENCIA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL.- Las Normas de Información Financiera, son un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de la información contable de los estados financieros (la información financiera de una persona o institución) y que se aceptan de manera generalizada; las cuales estructuran la teoría contable estableciendo los límites y las condiciones de operación del sistema de información contable; además, sirven de marco regulador para la emisión de los estados financieros, y mejoran el proceso de elaboración y presentación de la información financiera sobre las entidades económicas (llámense personas o instituciones); constituyendo una herramienta útil en los casos en que se debe evaluar y resolver un problema que involucre no solo temas jurídicos, sino también contables y financieros, en los que debe privilegiarse la sustancia económica en la delimitación y operación del sistema de información financiera, así como el reconocimiento contable de las transacciones, operaciones internas y otros eventos que afectan la situación de una empresa. En ese sentido, de acuerdo a los párrafos 3 y 4 de la NIF A-1 (Normas de Información Financiera), la contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las transacciones, transformaciones internas y otros eventos que afectan económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera, y que esta emana de la contabilidad, integrada por información cuantitativa expresada en unidades monetarias y descriptiva (información cualitativa), que muestra la posición y desempeño financiero de una entidad, siendo su objetivo esencial ser de utilidad al usuario general en la toma de sus decisiones económicas; de lo que se desprende la falta de idoneidad de la prueba pericial en materia financiera, puesto que la información financiera emana de la contabilidad; máxime, cuando la actora, ofrece ambas pruebas periciales. Recurso de Reclamación resuelto en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 402/16-14-01-8.- Resuelto por la Sala Regional del Pacífico del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 19. Febrero 2018. p. 295