Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 44071
Clave: VII-CASR-1OC-27
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/06/2018 00:00
DUDA RAZONABLE. SE GENERA CUANDO LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA NO SEÑALA EN UNA RESOLUCIÓN IMPUGNADA LOS PROTOCOLOS O PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN UNA SITUACIÓN DE CONTINGENCIA COMO LA QUE ORIGINA UNA CONDUCTA SANCIONADA
SEÑALA EN UNA RESOLUCIÓN IMPUGNADA LOS PROTOCOLOS O PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN UNA SITUACIÓN DE CONTINGENCIA COMO LA QUE ORIGINA UNA CONDUCTA SANCIONADA.- Para que este Tribunal se encuentre en posibilidad fáctica y jurídica de calificar la intensidad de la conducta materializada por un presunto responsable y poder resolver si se encuentra en los parámetros permisibles respecto de sus funciones, deviene insoslayable que la autoridad sancionadora no solo funde y motive en su resolución la comisión de la infracción con base en una ley, reglamento, manual o lineamiento que detallen las obligaciones del servidor público con motivo de su encargo, sino también que aporte los protocolos o procedimientos a seguir cuando se actualice una situación de contingencia como la que origina una conducta sancionada, pues solo así esta Juzgadora podrá contar con un parámetro válido para pronunciarse respecto de la conducta desplegada por un presunto responsable y resolver en términos de racionalidad, si este violó dichos protocolos y/o ordenamientos aplicables. En tal tesitura, deviene ilegal la resolución administrativa en la que la autoridad sancionadora no señala el ordenamiento operativo de donde se desprenda el protocolo de actuación a que deben apegarse los servidores públicos para hacer frente a un suceso de contingencia como el sancionado, puesto que, no solo los razonamientos y las pruebas sancionatorias ofrecidas y exhibidas por la autoridad demandada deben ser suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia que protege a los presuntos responsables, sino también debe descartarse que las diversas pruebas y argumentaciones presentados por los accionantes den lugar a una duda razonable sobre la hipótesis de culpabilidad sustentada por la autoridad; duda que se genera al no aportarse dichos protocolos, pues no existe parámetro alguno para poder ponderar si dicha conducta se considera excesiva. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 976/11-07-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional de Occidente del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 23. Junio 2018. p. 282