Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 44616
Clave: VIII-P-2aS-426
Época: Octava Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2018 00:00
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO. LA COPIA CERTIFICADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE INFORMACIÓN DEL CONTRIBUYENTE ES PRUEBA IDÓNEA PARA ACREDITAR EL DOMICILIO FISCAL DE LA PARTE ACTORA
CERTIFICADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE INFORMACIÓN DEL CONTRIBUYENTE ES PRUEBA IDÓNEA PARA ACREDITAR EL DOMICILIO FISCAL DE LA PARTE ACTORA.- Conforme al artículo 34, último párrafo de la Ley Orgánica de este Tribunal, el domicilio fiscal de la parte actora puede ser desvirtuado por la autoridad demandada, condicionada a exhibir los documentos idóneos para ello. En ese sentido, si la autoridad refiere que el domicilio fiscal de la parte actora se ubica en un lugar diverso al señalado en el escrito de demanda, y para el efecto exhibe copia certificada del Reporte General de Consulta de Información del Contribuyente, esta resulta ser prueba idónea para acreditar fehacientemente el domicilio fiscal del contribuyente, sin que obste a lo anterior que su emisión sea previa a la presentación de la demanda, siempre y cuando la certificación del mismo sea posterior, pues al tratarse de una certificación formulada por autoridad competente para ello, genera certeza respecto de la información contenida en el mismo y por tanto de la ubicación del domicilio fiscal del contribuyente dentro del lapso comprendido entre su emisión y certificación. PRECEDENTES: VIII-P-2aS-245 Incidente de Incompetencia en Razón de Territorio Núm. 268/17-EC2-01-8/1945/17-S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 21. Abril 2018. p. 291