Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 44636
Clave: VIII-P-SS-336
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2016 00:00
ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. NO VIOLENTA EL PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY
IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. NO VIOLENTA EL PRINCIPIO DE RESERVA DE LEY.- Del análisis efectuado al artículo 1 del Reglamento en cita, se desprende que dicho ordenamiento tiene como objeto establecer las bases y disposiciones para la debida observancia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, siendo que sus disposiciones son de orden público y observancia general en nuestro país. En tanto que el artículo 6 de la Ley Federal referida, dispone que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá emitir reglas de carácter general para efectos de dicha Ley y para mejor proveer en la esfera administrativa. Es por ello, que si bien, del análisis efectuado al artículo 10 del Reglamento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se advierte que prevé que las personas que realicen Actividades Vulnerables, deben observar lo dispuesto en las Reglas de Carácter General, así como en las disposiciones que de estas emanen; sin embargo, ello no es suficiente para considerar que establece una obligación diversa a las previstas en el artículo 18 de la propia Ley; pues aun cuando la observancia del aludido precepto reglamentario, no se encuentra prevista en el citado artículo 18, lo cierto es que dicha norma reglamentaria debe ser respetada a fin de cumplimentar cabalmente las obligaciones previstas en el artículo 18 invocado, al ser el Reglamento en cita, el que establece las bases y disposiciones para la debida observancia de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, de conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la disposición Reglamentaria referida. PRECEDENTES: VII-P-SS-410 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5860/15-07-03-7/311/16-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 3. Octubre 2016. p. 140