Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 45064
Clave: VIII-P-2aS-581
Época: Octava Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2020 00:00
IDENTIFICACIÓN DEL VISITADOR. RESULTA LEGAL SI DEL ACTA PARCIAL DE INICIO SE DESPRENDE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE VISITA PREVIA IDENTIFICACIÓN DEL VISITADOR
INICIO SE DESPRENDE LA RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE VISITA PREVIA IDENTIFICACIÓN DEL VISITADOR.- Conforme al artículo 44, fracción III del Código Fiscal de la Federación al iniciarse la visita en el domicilio fiscal, los visitadores que en ella intervinieron se deberán identificar ante la persona con quien se atienda la diligencia. Ahora bien, si de la redacción del acta parcial de inicio se advierte que la persona con la que se entendió la diligencia, para constancia estampó de su puño y letra en la orden de visita que la recibió previa identificación del visitador, deberá considerarse en consecuencia que la diligencia acató el contenido de la mencionada norma, ya que no se viola la esfera jurídica de la actora. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1061/18-13-01-6/ 2639/18-S2-07-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 43. Febrero 2020. p. 148