Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 45259
Clave: VIII-CASR-NCIV-1
Época: Octava Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2020 00:00
RECURSO DE REVOCACIÓN. HORARIO DE RECEPCIÓN CUANDO LA OFICIALÍA DE PARTES DE LAS AUTORIDADES NO ESTÁN ABIERTAS LAS 24 HORAS DEL DÍA
PARTES DE LAS AUTORIDADES NO ESTÁN ABIERTAS LAS 24 HORAS DEL DÍA.- El horario de recepción en Oficialía de Partes de las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, es el que para tales efectos se establece en las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, establece que el horario de recepción de documentos en la Oficialía de Partes de las unidades administrativas del SAT, que tengan el carácter de autoridades fiscales, es el comprendido de las 9:00 horas a las 15:00 horas, luego entonces, si del sello de recepción de dicho recurso se desprende que fue presentado al día siguiente de su vencimiento, fuera del horario señalado en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, se concluye que el recurso de revocación es extemporáneo. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1015/16-23-01-6.- Resuelto por la Sala Regional del Norte-Centro IV del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 46. Septiembre 2020. p. 341