Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 45345
Clave: VIII-P-SS-452
Época: Octava Época
Materia(s): REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2020 00:00
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍA. EL SUBSECRETARIO DE INGRESOS DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO SÍ SE ENCUENTRA FACULTADO PARA DESIGNAR AL REPRESENTANTE SUPLENTE ANTE DICHO COMITÉ.- Si bien la Regla 2, párrafo segundo, de las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología prevé, que los titulares de cada una de las dependencias que conformarán el Comité Interinstitucional para la Aplicación del Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología, designarán a sus representantes y suplentes en dicho Comité; lo cierto es que, ello no impide que sea el Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y no directamente la persona que ocupe el cargo de Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien designe al representante suplente de dicha dependencia en el Comité Interinstitucional; lo anterior, siempre y cuando dicho Subsecretario haya sido nombrado como representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ante el mencionado Comité, por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en el artículo 202 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 6, fracción XIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pues, el numeral 7°, fracción XII, del Reglamento citado, prevé la facultad de los Subsecretarios para designar a servidores públicos para representar a la Secretaría o ser enlace de esta, ante los órganos colegiados o grupos de trabajo que se establezcan en las disposiciones que no son emitidas por el Presidente de la República y en los que deban participar o, cuando por invitación de otras dependencias, entidades o instancias públicas, se estime pertinente.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 22376/17-17-10-8/2002/18-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 47. Octubre 2020. p. 372