Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 45346
Clave: VIII-P-SS-453
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2020 00:00
DICTAMEN DE PROCEDENCIA TÉCNICA EMITIDO POR EL REPRESENTANTE DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍA. NO LE RESULTA APLICABLE EL NUMERAL 17-A DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍA. NO LE RESULTA APLICABLE EL NUMERAL 17-A DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.- De conformidad con la Regla 14, párrafos cuarto y quinto de las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, emitirá dictamen técnico en el cual determinará, si los proyectos de inversión, propuestos para obtener el Estímulo Fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología a que se refiere el artículo 202 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, son: a) técnicamente viables, b) se encuentran dirigidos al desarrollo de productos, materiales o procesos de producción y, c) representan un avance científico o tecnológico; sin que la ausencia de cumplimiento de dichos requisitos implique que se le deba de prevenir al solicitante del estímulo fiscal, en términos del artículo 17-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, a efecto de que tenga la oportunidad de subsanar los datos omitidos o cumplir con los requisitos aplicables; ello, en virtud de que al tenor de lo establecido en el tercer párrafo del artículo 1° de dicho ordenamiento, las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo no son aplicables a las materias de carácter fiscal, concretamente tratándose de contribuciones y los accesorios que deriven directamente de aquellas, como en la especie lo es el estímulo fiscal previsto en el artículo 202 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que, de ser otorgado, incidirá en la determinación del impuesto del ejercicio a cargo del contribuyente beneficiado con el mismo. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 22376/17-17-10-8/2002/18-PL-09-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 47. Octubre 2020. p. 373