Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 45418
Clave: VIII-CASR-GO-7
Época: Octava Época
Materia(s): CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2020 00:00
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. EL SEGUNDO REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR OMISIONES, DEBE FORMULARSE DENTRO DEL PLAZO RESTANTE DEL PRIMERO
REQUERIMIENTO PARA SUBSANAR OMISIONES, DEBE FORMULARSE DENTRO DEL PLAZO RESTANTE DEL PRIMERO.- A efecto de cumplir con los principios de justicia pronta y expedita, así como el de economía procesal, conforme al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, si el requerido presentó el escrito mediante el cual pretendió cumplir el requerimiento que se le formuló antes del vencimiento del plazo de cinco días previsto por el artículo 15, penúltimo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, y el instructor del juicio advierte deficiencias en el cumplimiento, debe efectuar un segundo requerimiento para que se subsanen aquellas dentro del plazo restante antes de que venza el plazo originalmente concedido, para que el demandante esté en posibilidad temporal de cumplir plenamente con lo requerido. Recurso de Reclamación interpuesto en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2257/17-13-01-4.- Resuelto por la Sala Regional del Golfo del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 47. Octubre 2020. p. 907