Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 45761
Clave: VIII-CASR-PA-27
Época: Octava Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2021 00:00
OFICIO QUE UBICA AL CONTRIBUYENTE EN EL SUPUESTO EN ÉL PREVISTO, NO CONSTITUYE UNA RESOLUCIÓN DEFINITIVA IMPUGNABLE ANTE ESTE TRIBUNAL.- El diverso oficio emitido por Ia autoridad a través del cual únicamente se le notifica al contribuyente que se ha ubicado en el supuesto previsto en el artículo 69-B, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, esto es, que Ia autoridad detectó que el contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, por lo que presume la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes; no constituye una resolución definitiva de las impugnables en términos del artículo 3° de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 53. Abril 2021. p. 245