Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 45896
Clave: VIII-CASR-9ME-15
Época: Octava Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2021 00:00
PRESENTAR MÁS DE UNA RESPECTO DEL MISMO CONCEPTO.- Al ser los pagos de lo indebido o saldos a favor derechos de los contribuyentes, estos pueden llevar a cabo los actos necesarios para su obtención. Entre esos actos, bajo determinadas circunstancias y de forma casuística, podría estar el presentar más de una solicitud de devolución respecto del mismo concepto, siempre y cuando la autoridad fiscal hubiese tenido por desistido al particular respecto de la primera solicitud de devolución, o cuando aun habiéndose pronunciado en relación al fondo en dicha ocasión exista una cuestión superveniente que permita entrar nuevamente al análisis. Lo anterior, por supuesto, con los límites previstos por la ley, como la prescripción, o bien, que la parte actora no tenga oportunidad de solventar los nuevos requerimientos formulados por la autoridad fiscal previo a negar la devolución. Por ese motivo, es válido que se presente una segunda solicitud de devolución por el mismo concepto cuando se exhiba documentación adicional a la que se había presentado originalmente, misma que, en todo caso debe ser analizada por la autoridad fiscal. Siendo importante reiterar que no puede exigirse a la parte actora que impugne la primera negativa de devolución, ya que dicha impugnación versaría sobre los términos en los que se desarrolló el primer procedimiento, es decir, sin las pruebas adicionales aportadas en la segunda solicitud de devolución.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 24678/20-17-09-5.- Resuelto por la Novena Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 57. Agosto 2021. p. 306