Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 45905
Clave: VIII-CASE-3CE-39
Época: Octava Época
Materia(s): LEY ADUANERA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2021 00:00
2017. SU DÉCIMO PRIMER RESOLUTIVO NO ADMITE CONFRONTACIÓN ALGUNA CON EL ARTÍCULO 163, FRACCIÓN VII, DE LA LEY ADUANERA VIGENTE HASTA EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013, AL REGULAR DISTINTAS SITUACIONES JURÍDICAS.- La derogada fracción VII, del artículo 163 de la Ley Aduanera establecía un procedimiento de sustitución del agente aduanal, el cual podía designar por única vez a un agente aduanal adscrito o sustituto, para que en caso de fallecimiento, incapacidad permanente o retiro voluntario, lo sustituyera obteniendo su patente aduanal, así como la posibilidad de revocar dicha designación; en cambio, el Décimo Primer Resolutivo de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2017, establece un beneficio para los agentes aduanales que estuvieran en proceso de retiro voluntario, tendiente a obtener la conclusión de los trámites correspondientes antes del 30 de noviembre de 2017, a fin de que se otorgara la patente de agente aduanal a la persona que designó como sustituto a más tardar el 16 de abril de 2018, siempre que cumpliera los términos y condiciones señaladas en sus diversas fracciones e incisos. Lo expuesto pone de relieve que las disposiciones mencionadas, una legal y otra administrativa, no corresponden a la misma situación jurídica, pues la primera establecía el potencial derecho de los agentes aduanales antes descrito; y la otra previene el beneficio indicado. En otras palabras, mientras el supuesto derogado contenía una mera expectativa a futuro no ejercida todavía en el tiempo; la regla administrativa dispone un beneficio presente condicionado al cumplimiento de exigencias ya cubiertas.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 55/17-ECE-01-8.- Resuelto por la Tercera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior y Quinta Auxiliar en Materia de Pensiones Civiles del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 57. Agosto 2021. p. 321