Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/01/2021
Tesis
Registro digital: 46129
Clave: VIII-P-SS-658
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/2021 00:00
ARGUMENTOS EXTEMPORÁNEOS. SON AQUELLOS FORMULADOS EN LA AMPLIACIÓN, CUANDO LA PARTE ACTORA AFIRMA CONOCER EL ACTO IMPUGNADO AL MOMENTO DE INTERPOSICIÓN DE SU DEMANDA
AMPLIACIÓN, CUANDO LA PARTE ACTORA AFIRMA CONOCER EL ACTO IMPUGNADO AL MOMENTO DE INTERPOSICIÓN DE SU DEMANDA.- De conformidad con el artículo 16, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, cuando la parte actora afirma conocer el acto impugnado y alega que este no le fue notificado o que lo fue ilegalmente; los conceptos de impugnación contra el acto referido deberán hacerse valer en el escrito inicial de demanda. Por ello, en los casos en que se determine la ilegalidad de la notificación de la resolución impugnada y se tenga a la actora por conocedora de la misma en la fecha en que presentó su demanda, aquellos conceptos de impugnación que haga valer en la ampliación de dicho ocurso, se consideran extemporáneos, pues aun cuando quedó evidenciado que la notificación del acto impugnado es ilegal, lo cierto es que la parte actora tuvo conocimiento del mismo desde el momento en que presentó su demanda, por lo que sí estaba en posibilidad de plantear argumentos tendentes a desvirtuar su legalidad. PRECEDENTES: VIII-P-SS-514 Juicio Contencioso Administrativo Núm. 9991/17-17-06-06/542/19-PL-02-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 50. Enero 2021. p. 291