Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 46161
Clave: VIII-CASR-9ME-22
Época: Novena Época
Materia(s): LEY SOBRE REFUGIADOS, PROTECCIÓN COMPLEMENTARIA Y ASILO POLÍTICO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2022 00:00
ORIENTACIÓN SEXUAL, CONTIENEN UN COMPONENTE DE GÉNERO.- Las solicitudes de asilo por motivos de orientación sexual y/o identidad de género a menudo emanan de miembros de subgrupos específicos, es decir, personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, intersexuales, y "queer" (normalmente se abrevia como "LGBT", "LGBTI" o "LGBTIQ"). Las experiencias de los miembros de estos diversos grupos a menudo serán distintas unas de las otras, y entre sus miembros. Es, por lo tanto, esencial comprender tanto el contexto de cada solicitud de la condición de refugiado, como los relatos individuales. Así, la sexualidad o las prácticas sexuales de un solicitante pueden ser relevantes en la solicitud de asilo cuando este ha sido víctima de acciones persecutorias (incluyendo la discriminación) por razones de su sexualidad o prácticas sexuales. Ello, pues en términos de lo estipulado en las Directrices sobre la persecución por motivos de género del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en muchos casos el solicitante se niega a observar los roles y las expectativas sociales o culturales atribuidas a los miembros de su sexo. En ese tenor, se tiene que no todos los solicitantes se autoidentifican con la terminología LGBTI y los conceptos ya referidos o puede que no conozcan estos términos, puede incluso que algunos solo se refieran a los términos despectivos utilizados por el perseguidor. Por lo tanto, el testimonio del solicitante es la principal y a menudo la única fuente de evidencia, sobre todo cuando la persecución está a manos de miembros de la familia o de la comunidad. Así, la entrevista que realice la autoridad migratoria debe ser suficiente para sacar a la luz el relato del solicitante y verificar su veracidad y alcances. Lo anterior, por supuesto, sin perjuicio de que, para determinar la situación imperante en el país de origen del solicitante, si esta guarda relación con los hechos narrados y sustenta los motivos de la solicitud de que se trate, puedan consultarse fuentes provenientes de organismos internacionales, organizaciones civiles y agencias noticiosas.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 16586/17-17-09-8.- Resuelto por la Novena Sala Regional Metropolitana del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 3. Marzo 2022. p. 544