Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 46248
Clave: IX-P-SS-49
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2022 00:00
RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. MOTIVACIÓN APLICABLE A LAS SANCIONES ALTERNATIVAS. RÉGIMEN JURÍDICO PREVIO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL PUBLICADA EL 27 DE MAYO DE 2015
MOTIVACIÓN APLICABLE A LAS SANCIONES ALTERNATIVAS. RÉGIMEN JURÍDICO PREVIO A LA REFORMA CONSTITUCIONAL PUBLICADA EL 27 DE MAYO DE 2015.- El artículo 13, fracción I, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos dispone que la sanción por falta administrativa consistirá en amonestación privada o pública; lo cual implica sanciones alternativas y por tal motivo, la autoridad tiene la facultad exclusiva para imponer la que considere aplicable al caso concreto, es decir, al ejercer su facultad discrecional, puede decidir cuál de las dos aplicar, resolución que deberá fundarse y motivarse en el marco del artículo 14 de dicha Ley. En consecuencia, la autoridad no tiene la obligación de motivar porqué no impuso la amonestación privada como sustento de la aplicación de la amonestación pública, ya que su único parámetro es el referido artículo 14 en el contexto de una fundamentación y motivación debida. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2170/18-06-01-2/1817/19-PL-07-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 5. Mayo 2022. p. 279