Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 46285
Clave: VIII-CASE-REF-35
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2022 00:00
ACREDITAR SU EXISTENCIA CUANDO SE PRETENDE DEMOSTRAR LA PROCEDENCIA DE UN EFECTO FISCAL FAVORABLE AL CONTRIBUYENTE.- A fin de que los particulares puedan soportar el derecho a otorgar plenos efectos jurídicos y económicos a sus transacciones cuando la autoridad hacendaria sostenga que se está ante operaciones ficticias, esta Sala Especializada en Materia del Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo ha reconocido a la sustancia económica de las transacciones como un estándar objetivo, confiable en tanto que puede ser demostrado fácticamente, con elementos materiales, como los que se enuncia a continuación. Como punto de partida, el soporte documental de las operaciones desde luego no debe ser ficticio, y los documentos correspondientes deben poder ser explicados o justificados en la búsqueda de una ganancia o en la realización de un valor económico. Por ende, debe valorarse que si la sustancia económica se vincula con la modificación en la posición económica del particular, guardando estrecha relación con la razonable posibilidad de obtener una ganancia, ello implica una serie de conductas observables en quien adquiere los bienes o recibe los servicios, como son: diligencia en la contratación, supervisión sobre el efectivo cumplimiento de los compromisos pactados, exigencia de resultados; asimismo, resulta relevante acreditar la existencia del valor económico que los bienes o servicios representan para quien paga por ellos. De manera más concreta, se aprecia que existen distintas fuentes de evidencia disponibles para las partes, como son: la relativa a la transacción propiamente dicha (elementos a partir de los cuales sea posible acreditar el proceso de decisión que llevó a la adquisición del bien o a la contratación del servicio, la existencia formalmente de un acuerdo entre las partes, los derechos y obligaciones que derivan de dicho acuerdo, así como los propósitos que se buscaban al contratar, y las consecuencias o efectos que tuvieron las transacciones respectivas, ya sea en la forma de fabricar, distribuir, administrar, etcétera); las opiniones de expertos (peritajes que pudieran aportar elementos en relación con el impacto de las transacciones y el valor económico que representen los derechos y obligaciones que deriven de las transacciones correspondientes); así como algunos aspectos presuncionales o genéricos, relativos a patrones que se pudieran apreciar en cada caso (información con la que el contribuyente podría demostrar la pertinencia de la transacción o la existencia de algún patrón
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 5. Mayo 2022. p. 539