Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 46288
Clave: VIII-CASE-REF-38
Época: Novena Época
Materia(s): GENERAL
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/05/2022 00:00
ESCUELA. CONCEPTO Y DIMENSIONES
La literatura relativa al tema de educación ha considerado que una escuela verdadera es, antes que nada, una comunidad que se construye con personas -niñas, niños y jóvenes, maestras y maestros, familias- que establecen relaciones y procesos entre ellas para aprender juntos dentro de un contexto digno y con su debida red de apoyo. La escuela así concebida debe ser un espacio donde el contexto no se reproduce, sino que se supera; es decir, en una escuela orientada al derecho a aprender -conforme al trazo constitucional que se desprende del artículo 3° de nuestra Ley Fundamental- todas y todos se desarrollan integral y plenamente, más allá de lo esperable por su situación social, económica o cultural. Así, se ha considerado, que para lograr el modelo de escuela deseada, debe partirse de cuatro grandes dimensiones: 1) Personas; 2) Relaciones y procesos de aprendizaje; 3) Condiciones materiales; y 4) La red de apoyo institucional. Por "personas" (dimensión 1), debe entenderse que el aprendizaje es inherentemente un fenómeno social: se desarrolla en y por medio de las relaciones e interacciones entre las personas, lo cual implica una transformación en la educación, orientándola cada vez más al ejercicio pleno del derecho a aprender, empezando necesariamente con niñas, niños y jóvenes, sus maestras y maestros y sus familias, ya que deberían, ellas y ellos, ser los participantes en y constructores de los procesos y relaciones de aprendizaje en la escuela. También se refiere a que, para lograr que las personas puedan aprender juntas, en primer lugar, es inconcebible pensar en construir una comunidad de aprendizaje sin tener a personas que están, llegan y se quedan consistentemente y durante un periodo sostenido. En este mismo sentido, se ha señalado que resulta imperativo que estas personas lleguen "listas" para aprender juntas, es decir, que tengan las actitudes, conocimientos y capacidades para participar en procesos de aprendizaje con otros. En lo relativo a "relaciones y procesos de aprendizaje" (dimensión 2), el aprendizaje se deriva de las relaciones entre personas que comparten fuertes compromisos mutuos sobre qué y cómo aprender, colaboran en actividades específicas de manera constante y tienen oportunidades frecuentes para la interacción y la retroalimentación. Al respecto, se ha sostenido que esta dimensión destaca que el papel del Estado no es solo garantizar que lleguen estas personas -o que cuenten con condiciones materiales elementales, sino que debe promover el desarrollo de ambientes de aprendizaje eficaces que faciliten la labor educativa y propicien un aprendizaje incluyente para
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 5. Mayo 2022. p. 547