Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 46459
Clave: IX-P-2aS-68
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2022 00:00
CONFLICTO DE COMPETENCIA
CUANDO UNA SALA DECLINA SU COMPETENCIA ADUCIENDO QUE NO LE CORRESPONDE EL CONOCIMIENTO DE UN JUICIO PORQUE LA RESOLUCIÓN IMPUGNADA FUE EMITIDA EN CUMPLIMIENTO A UNA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA POR OTRA SALA.- El artículo 58, último párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, prevé el supuesto específico en el que al resolverse improcedente una queja, por plantearse en ella cuestiones que no fueron materia de la sentencia definitiva, se dé oportunidad al quejoso de plantear un nuevo juicio, respecto del cual deberá conocer la misma Sala Regional que conoció del primer juicio, incluso debiendo turnarse al mismo instructor de la queja; observándose de lo anterior que no se previene una regla que fije competencia territorial o material de las diversas Salas Regionales del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 9. Septiembre 2022. p. 301