Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 46644
Clave: IX-P-2aS-115
Época: Novena Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2022 00:00
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. BONO DEL TESORO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA; SU NATURALEZA Y SUS CORRESPONDIENTES EFECTOS PARA DETERMINAR SI SE TRATA DE UN INGRESO ACUMULABLE O UNA PÉRDIDA SUSCEPTIBLE DE DEDUCIRSE
AMÉRICA; SU NATURALEZA Y SUS CORRESPONDIENTES EFECTOS PARA DETERMINAR SI SE TRATA DE UN INGRESO ACUMULABLE O UNA PÉRDIDA SUSCEPTIBLE DE DEDUCIRSE.- Los Bonos del Tesoro de los Estados Unidos de América son títulos de renta fija emitidos por el Gobierno de ese país, que tienen dos objetivos principales; por un lado, para el emisor sirven como una herramienta de financiamiento y por otro, para los adquirentes, constituyen una excelente manera de invertir por los escasos riesgos que conllevan. Ahora, en términos del artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (vigente en 2013), se consideran intereses, cualquiera que sea el nombre con que se les designe, a las utilidades de créditos de cualquier clase; entonces, constituyen intereses los rendimientos de deuda pública, así como la ganancia en la enajenación de bonos, valores y otros títulos de crédito, siempre que sean de los que se colocan entre el gran público inversionista, entre otros. A su vez, en términos del numeral 29 fracción IX, del ordenamiento citado, los contribuyentes pueden deducir los intereses devengados a cargo. En ese sentido para determinar si por la enajenación de un Bono del Tesoro de los Estados Unidos de América se obtiene una ganancia, por tanto, un ingreso acumulable, o una pérdida susceptible de deducirse, se atenderá a la diferencia entre el costo de adquisición y el monto de la enajenación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento de la Ley previamente citada. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 16649/18-17-06-5/908/22-S2-10-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 12. Diciembre 2022. p. 375