Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 46764
Clave: IX-P-2aS-148
Época: Novena Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2023 00:00
ORDINARIAS TIENEN COMPETENCIA MATERIAL PARA CONOCER DE LOS JUICIOS PROMOVIDOS CONTRA RESOLUCIONES DONDE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN DETERMINE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2022).- Si en un juicio contencioso administrativo, donde se impugne una resolución mediante la cual la Auditoría Superior de la Federación le determinó a la parte demandante una responsabilidad resarcitoria con fundamento en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la incidentista sostiene que la Sala Regional Ordinaria es incompetente por materia para conocer del mismo y por tanto el asunto debe remitirse a una Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas; en ese caso, el incidente resulta infundado. Lo anterior, porque si bien los artículos 4º y 38 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 14. Febrero 2023. p. 289