Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 46764
Clave: IX-P-2aS-148
Época: Novena Época
Materia(s): LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/02/2023 00:00
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR MATERIA
ORDINARIAS TIENEN COMPETENCIA MATERIAL PARA CONOCER DE LOS JUICIOS PROMOVIDOS CONTRA RESOLUCIONES DONDE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN DETERMINE RESPONSABILIDADES RESARCITORIAS (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2022).- Si en un juicio contencioso administrativo, donde se impugne una resolución mediante la cual la Auditoría Superior de la Federación le determinó a la parte demandante una responsabilidad resarcitoria con fundamento en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la incidentista sostiene que la Sala Regional Ordinaria es incompetente por materia para conocer del mismo y por tanto el asunto debe remitirse a una Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas; en ese caso, el incidente resulta infundado. Lo anterior, porque si bien los artículos 4º y 38 de la Ley Orgánica del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 14. Febrero 2023. p. 289