Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 8 de 17
Mostrando solo tesis del 01/03/2023
Tesis
Registro digital: 46789
Clave: IX-P-1aS-92
Época: Novena Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2023 00:00
CONTRIBUCIONES FISCALES. SU CAUSACIÓN DERIVA DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN LAS LEYES TRIBUTARIAS Y NO ASÍ DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE PARTICULARES
ESTABLECIDOS EN LAS LEYES TRIBUTARIAS Y NO ASÍ DE LOS CONTRATOS CELEBRADOS ENTRE PARTICULARES.- De acuerdo a lo previsto en los artículos 5° y 6° del Código Fiscal de la Federación, las disposiciones fiscales que establecen cargas tributarias a los particulares son de aplicación estricta, causándose las contribuciones conforme se realicen las situaciones jurídicas o de hecho que prevean las leyes fiscales vigentes en el momento en el que ocurran. Ahora, cierto es que en los contratos celebrados entre particulares, éstos pueden convenir la realización de cualquier tipo de operaciones, siempre y cuando sean acorde a derecho; no obstante, conforme a las disposiciones legales citadas, para determinar si dichas operaciones están sujetas al pago de algún impuesto, debe verificarse si se ubican o no en las hipótesis de causación previstas en el ordenamiento fiscal respectivo, pues es la voluntad del legislador la que rige la materia tributaria y no la de las partes que celebran un contrato. Cumplimiento de Ejecutoria relativo al Juicio Contencioso Administrativo Núm. 34247/15-17-06-7/ AC1/3500/17-S1-02-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 15. Marzo 2023. p. 142