Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47011
Clave: IX-J-SS-73
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE
Tipo: Jurisprudencia, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2023 00:00
AUTORIDADES FISCALES. LA OBLIGACIÓN DE INDICAR EL MEDIO DE DEFENSA PROCEDENTE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE EN UN ACTO ADMINISTRATIVO, NO IMPLICA QUE SEA PROCEDENTE, YA QUE DEBE ATENDERSE A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES
PROCEDENTE EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY FEDERAL DE LOS DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE EN UN ACTO ADMINISTRATIVO, NO IMPLICA QUE SEA PROCEDENTE, YA QUE DEBE ATENDERSE A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.- De la interpretación al artículo 23 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se desprende que la autoridad fiscal tiene la obligación de indicar en sus resoluciones, el recurso o medio de defensa procedente, el plazo para interponerlo y el órgano ante quien debe formularse; lo anterior, a fin de garantizar que los contribuyentes puedan ejercer su derecho de defensa oportunamente y ante la autoridad correspondiente dentro del plazo legal previsto para ello; sin embargo, no puede estimarse que por el hecho de que la autoridad hubiera señalado en una resolución dictada en cumplimiento a una sentencia emitida por el
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 21. Septiembre 2023. p. 61