Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 47015
Clave: IX-P-SS-259
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2023 00:00
EXISTENCIA DE UNA LESIÓN MATERIAL POR LA FALTA DE ENSERES, A CAUSA DE UNA ACTIVIDAD IRREGULAR, DEBE ANALIZARSE LA INDISPENSABILIDAD QUE PUDIERA TENER EN LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE LA RECLAMANTE.- Si la demandante plantea que a causa de la actuación anómala de la autoridad dejó de contar con el mobiliario o enseres necesarios para el desarrollo de su actividad económica y que como consecuencia se le generaron daños y perjuicios, este Tribunal debe analizar la indispensabilidad de esos bienes para la actora. Lo anterior con la finalidad de determinar si efectivamente los instrumentos que cataloga la actora como indispensables en su actividad, tienen una función imprescindible en la generación de sus ingresos, o bien, solo constituyen una valiosa herramienta de apoyo, como es el caso en que la reclamante preste servicios jurídicos o administrativos y los bienes que considera de imperiosa necesidad es equipo de oficina. En ese caso, se oferta un producto intangible de índole intelectual, a través de personas físicas con cierto adiestramiento en el ámbito jurídico y administrativo, por lo que, el mobiliario resulta una cuestión accesoria cuya ausencia no le impedía continuar con su actividad.
Cumplimiento de Ejecutoria dictado en el Juicio Contencioso Administrativo Núm.
4603/17-17-06-3/1537/19-PL-10-04.- Resuelto por el Pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 21. Septiembre 2023. p. 117