Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47039
Clave: IX-CASR-NCIV-1
Época: Novena Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/09/2023 00:00
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. TEMPORALIDAD DE LA PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN SUBSECUENTES A LA PRIMERA, TRATÁNDOSE DEL PERIODO PREOPERATORIO
SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN SUBSECUENTES A LA PRIMERA, TRATÁNDOSE DEL PERIODO PREOPERATORIO.- Del contenido del artículo 5, fracción VI, inciso b) de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y en la Regla 2.3.18 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, se puede apreciar que, como regla general, cuando los contribuyentes realicen gastos e inversiones en forma previa al inicio de las actividades, deberán solicitar la devolución del impuesto que corresponda en el mes siguiente a aquel en el que se realicen dichas erogaciones y que, como excepción, tratándose de la primera solicitud, se podrá presentar con posterioridad siempre y cuando el contribuyente no hubiere realizado actos o actividades por los que va a estar obligado al pago del IVA o a la realización de actividades a la tasa del 0%. En tal virtud, si la excepción a que refiere la regla es aplicable únicamente a la primera solicitud, resultan infundadas las manifestaciones que pretendan, bajo pretexto de encontrarse en periodo preoperatorio, acreditar el impuesto por gastos e inversiones en solicitudes de devolución posteriores a la primera, en un plazo distinto al mes siguiente a aquel en que se debió realizar, pues la facilidad administrativa contenida en la regla referida no se extendió de forma indefinida para cualquier solicitud de devolución sea realizada en cualquier tiempo mientras que el contribuyente se encuentra en periodo preoperatorio, sino que dicha facultad optativa de hacer o no hacer, está circunscrita únicamente a la primera solicitud. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 893/22-23-01-1.- Resuelto por la Sala Regional del Norte- Centro IV y Auxiliar del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 21. Septiembre 2023. p. 381