Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47077
Clave: VIII-CASR-1NOI-1
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2023 00:00
RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO. PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE PSICOLOGÍA ES INNECESARIA PARA ACREDITAR EL DAÑO MORAL DE UN MENOR DE EDAD AL TRATARSE DE LA MUERTE DE SU MADRE
DE PSICOLOGÍA ES INNECESARIA PARA ACREDITAR EL DAÑO MORAL DE UN MENOR DE EDAD AL TRATARSE DE LA MUERTE DE SU MADRE.- La prueba pericial en materia de psicología resulta innecesaria para acreditar el daño moral causado a los menores de edad al tratarse de la muerte de la madre, pues es evidente que se produjo un perjuicio en sus sentimientos y afectos, lo cual no necesita de conocimientos técnicos, ya que de conformidad con lo previsto en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las normas deben ser interpretadas favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia, luego, atendiendo el interés superior del menor, se debe de dar una valoración preponderante a los derechos de los menores, como lo es, el recibir el pago de las prestaciones reclamadas, como consecuencia de la responsabilidad patrimonial del Estado —una vez acreditada la existencia del nexo causal entre la lesión y la acción administrativa irregular—, ello en aras de otorgarse una justa indemnización o indemnización integral, entendiéndose por dicha indemnización aquella que resulte suficiente, efectiva y completa, ante la lesión que tuvo en su personalidad que resulta irreparable. Cumplimiento de Ejecutoria en el Juicio Contencioso Administrativo Núm. 991/17-01-01-6.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noroeste I del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 22. Octubre 2023. p. 240