Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47148
Clave: IX-P-1aS-140
Época: Novena Época
Materia(s): CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/12/2023 00:00
SOCIO O ACCIONISTA. LA RESPONSABILIDAD SOLIDARIA SE ENCUENTRA LIMITADA AL PORCENTAJE DE SU PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD Y NO A SU APORTACIÓN ECONÓMICA A LA MISMA
LIMITADA AL PORCENTAJE DE SU PARTICIPACIÓN EN EL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD Y NO A SU APORTACIÓN ECONÓMICA A LA MISMA.- Conforme al artículo 26, fracción X, del Código Fiscal de la Federación vigente en 2016, los socios o accionistas serán responsables solidarios con los contribuyentes, respecto de las contribuciones que se hubieren causado en relación con las actividades realizadas por la sociedad cuando tenía tal calidad, en la parte del interés fiscal que no alcance a ser garantizada con los bienes de la misma, sin que la responsabilidad exceda de la participación que tenía en el capital social de la sociedad durante el periodo o a la fecha de que se trate, haciendo énfasis en que la responsabilidad solidaria se calcula multiplicando el porcentaje de participación que haya tenido el socio o accionista en el capital social suscrito al momento de la causación, por la contribución omitida, en la parte que no se logre cubrir con los bienes de la empresa. En ese sentido, el artículo citado, se refiere a la forma en que se calcula la responsabilidad solidaria subsidiaria del socio o accionista de la contribuyente obligada, al cumplimiento de las contribuciones, la cual será mediante el porcentaje que representa la participación accionaria de cada socio en el capital social de la sociedad, y no a través de la aportación económica que realizan los socios fundadores para que se emitan los títulos que representan las acciones de la sociedad. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 982/22-13-01-1/669/23-S1-01-04[03].- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año II. No. 24. Diciembre 2023. p. 191