Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47189
Clave: IX-P-SS-295
Época: Octava Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Pleno
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/11/2017 00:00
QUEJA. PRECLUSIÓN DE LA FACULTAD DE LA AUTORIDAD PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- De la interpretación armónica a los artículos 51, 52, 57 y 58, fracción II, inciso e) de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se concluye que la sentencia definitiva dictada en el juicio contencioso, entre otros sentidos, podrá declarar la nulidad lisa y llana de la resolución impugnada, la nulidad para el efecto de que la autoridad reponga el procedimiento u ordenar la emisión de una nueva resolución siguiendo los lineamientos dictados en la sentencia que se cumplimenta, teniendo el demandante la oportunidad de promover recurso de queja en relación al cumplimiento del fallo jurisdiccional dictado por este
R.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 16. Noviembre 2017. p. 186