Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47291
Clave: IX-CASR-1NE-2
Época: Novena Época
Materia(s): LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/03/2024 00:00
PENSIÓN POR ORFANDAD. NO SE SUSPENDEN LOS DERECHOS A RECIBIR LA PENSIÓN DEL ACREEDOR QUE HUBIERA FALLECIDO, CUANDO SE ENCUENTRE EN DISPUTA POR DOS O MÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN BENEFICIARIOS
PENSIÓN DEL ACREEDOR QUE HUBIERA FALLECIDO, CUANDO SE ENCUENTRE EN DISPUTA POR DOS O MÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN BENEFICIARIOS.- De la interpretación sistemática de los artículos 36, 38 y 39 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores Sujetos al Régimen del Artículo Décimo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se desprende que cuando se encuentren en disputa los derechos a recibir la pensión por dos o más personas que se consideren beneficiarios del acreedor originario, como consecuencia del fallecimiento de este último, se declarará la suspensión al pago de la misma, siempre y cuando la autoridad haya expuesto en los fundamentos y motivos del acto impugnado, la justificación de dicha suspensión; sin embargo, para el caso de los hijos del pensionado fallecido, el Instituto se encuentra obligado a continuar con el pago de la pensión a los mismos, debiendo reservar parte de dicha pensión a quién acredite su derecho como cónyuge supérstite, por lo que, si la autoridad indebidamente suspendió el pago de los derechos a recibir la pensión para los beneficiarios, incluyendo a los hijos del acreedor fallecido, respecto de estos últimos, la autoridad se encuentra obligada al pago de las diferencias generadas con motivo de dicha suspensión. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7013/22-06-01-2.- Resuelto por la Primera Sala Regional del Noreste del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 27. Marzo 2024. p. 444