Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47515
Clave: IX-P-1aS-171
Época: Novena Época
Materia(s): CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/08/2024 00:00
BENEFICIARIO EFECTIVO DE LOS INTERESES PAGADOS EN EL EXTRANJERO. OBJETO Y PROPÓSITO DEL CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SU PROTOCOLO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994, ACTUALIZADO POR EL PROTOCOLO QUE LOS MODIFICA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE DICIEMBRE DE 2009
OBJETO Y PROPÓSITO DEL CONVENIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN E IMPEDIR LA EVASIÓN FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SU PROTOCOLO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 1994, ACTUALIZADO POR EL PROTOCOLO QUE LOS MODIFICA, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 29 DE DICIEMBRE DE 2009.- El artículo 11 del Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Reino de los Países Bajos para evitar la Doble Imposición e Impedir la Evasión Fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta, regula las tasas impositivas máximas aplicables por el Estado fuente de los intereses, cuando el beneficiario efectivo de los mismos resida en otro Estado contratante, ahora bien, en el supuesto que el receptor de los intereses sea beneficiario efectivo permite una desgravación que incentiva el movimiento de capital y el desarrollo de la inversión, pero a su vez tiene como propósito prevenir la elusión y evasión fiscal, ya que determinar el concepto de beneficiario efectivo tiene como propósito evitar que el residente de un tercer Estado goce de los beneficios de la desgravación establecida en el convenio. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 18322/21-17-03-6/1870/23-S1-01-04[04].- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 32. Agosto 2024. p. 272