Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Resultado 4003 de 329401
Tesis
Registro digital: 47556
Clave: IX-P-2aS-390
Época: Novena Época
Materia(s): LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/07/2024 00:00
CONFLICTO DE COMPETENCIA POR RAZÓN DE MATERIA. SUPUESTOS DE PROCEDENCIA PARA QUE SURTA LA COMPETENCIA DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DEL JUICIO DE RESOLUCIÓN EXCLUSIVA DE FONDO
PROCEDENCIA PARA QUE SURTA LA COMPETENCIA DE LA SALA ESPECIALIZADA EN MATERIA DEL JUICIO DE RESOLUCIÓN EXCLUSIVA DE FONDO.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 58-17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para que surta la competencia de la Sala Regional Especializada en materia del juicio de resolución exclusiva de fondo, deben concurrir los siguientes supuestos: 1. Que la materia del juicio verse únicamente sobre la impugnación de resoluciones definitivas que deriven del ejercicio de las facultades de comprobación a que se refieren las fracciones II, III o IX del artículo 42, del Código Fiscal de la Federación y 2. Que la cuantía del asunto sea mayor a doscientas veces la Unidad de Medida y Actualización, elevada al año, vigente al momento de emisión de la resolución combatida. De manera tal que, ante el planteamiento de un conflicto competencial por razón de materia, cuya litis se constriña en determinar si se actualiza la competencia de la Sala Especializada de mérito, será necesario que se actualicen los 2 supuestos previstos en el artículo antes descrito, a efecto de que la Sala mencionada, se encuentre en condiciones de avocarse al conocimiento del juicio contencioso administrativo planteado, pues ante la ausencia de alguno de los supuestos antes aludidos, no surtirá la competencia de la referida Sala Especializada. PRECEDENTE: IX-P-2aS-364 Conflicto de Competencia por Razón de Materia Núm. 15538/23-17-08-3/94/23- ERF-01-7/1667/23-S2-10-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 8 de febrero de 2024, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: Carlos Mena Adame.- Secretaria: Lic. Maryli Quiroz Castañeda.- Secretario encargado de la elaboración de tesis: Lic. Heber Aram García Piña. (Tesis aprobada en sesión de 9 de mayo de 2024)
R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 31. Julio 2024. p. 112