Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47593
Clave: IX-P-1aS-181
Época: Novena Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/10/2024 00:00
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. LOS INGRESOS GRAVADOS, PARA UN RESIDENTE EN MÉXICO, PROVENIENTES DE CONTRIBUYENTES CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA EN UNA ENTIDAD EXTRANJERA, NO DESCANSAN EN LA FUENTE DE RIQUEZA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA
EN MÉXICO, PROVENIENTES DE CONTRIBUYENTES CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA EN UNA ENTIDAD EXTRANJERA, NO DESCANSAN EN LA FUENTE DE RIQUEZA DE LA ENTIDAD EXTRANJERA.- El artículo 213, en relación con los diversos numerales 212 y 214, todos de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2007, establecen un mecanismo de tributación particular para los contribuyentes que perciban ingresos que generen a través de entidades o figuras jurídicas extranjeras en las que participen directa o indirectamente, en la proporción que les corresponda por su participación en el capital de dichas entidades, por lo que su aplicación no descansa en si la fuente de riqueza de la empresa extranjera está ubicada en México o en el extranjero, sino en si la empresa residente en México tiene ingresos por empresas extranjeras en las que participen, lo que encuentra su justificación en los procesos legislativos que han configurado el tratamiento legal aplicable a la inversión a través de los citados regímenes fiscales, que buscan regular mecanismos para combatir las prácticas de competencia fiscal internacional nocivas, así como combatir a la posibilidad de manipular la base de tributación, mediante el uso de vehículos jurídicos que aprovechan los beneficios inherentes a la inversión en regímenes fiscales preferentes. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2648/20-17-07-3/1930/22-S1-01-04[03].- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año III. No. 34. Octubre 2024. p. 386