Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 47879
Clave: IX-CASR-CEIV-26
Época: Novena Época
Materia(s): LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/04/2025 00:00
BAJA DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA. NO SE ACTUALIZA CUANDO EL CONTRIBUYENTE PRESENTA SU DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN FORMA EXTEMPORÁNEA PERO ESPONTÁNEA
EL CONTRIBUYENTE PRESENTA SU DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN FORMA EXTEMPORÁNEA PERO ESPONTÁNEA.- Conforme al artículo 113-I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como lo establecido en la Regla 3.13.34, y Artículo Transitorio Segundo, de la “QUINTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2023, la autoridad puede determinar que el contribuyente debe cumplir con sus obligaciones fiscales conforme a lo dispuesto en el Capítulo II, Sección I, del Título IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, denominado de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales, cuando omita presentar la declaración anual para los contribuyentes que tributan bajo el régimen simplificado de confianza para personas físicas a más tardar el 2 de octubre de 2023. En ese sentido, si la parte actora en el juicio acredita haber presentado su declaración anual con anterioridad a la fecha en que se notificó la resolución impugnada, se actualiza la figura de cumplimiento extemporáneo pero espontáneo de obligaciones fiscales, pues el legislador dispuso en el artículo 113-I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se dejará de tributar en el régimen simplificado de confianza, únicamente ante la omisión total en presentar la declaración anual, mas no así cuando dicha declaración se presente de manera extemporánea pero espontánea. Juicio Contencioso Administrativo Núm. 207/24-30-01-6-OT.- Resuelto por la Sala Regional del Centro IV del
R.T.F.J.A. Novena Época. Año IV. No. 40. Abril 2025. p. 223